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Informe de Evaluación de Edificios

Descripción

Procedimiento tendente a que por los propietarios de inmuebles se acredite el estado de conservación de los mismos.

Finalidad

Justificación del estado de conservación de los edificios

Quien lo puede Presentar
  • Propietario del inmueble
Plazos de Presentación

El establecido en la Ordenanza Reguladora, publicada en la página web municipal

Presentación

Registro General o SEDE electrónica.

Organo Gestor

Urbanismo

Plazo de resolución

3 meses

Recursos

Recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la notificación (art.123 y 124 de la Ley 39/2015 de 1 de Octubre) o recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo c

Normativa básica

•Ordenanza Reguladora Del Deber de Conservación de los Edificios.

•Ley 8/2013, de 26 de junio , de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas.

•Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto ref

Información Adicional

validez del informe: 10 años

En todo caso por el solicitante se deberá/n aportar los datos catastral/es del inmueble sobre el que se tramitará el expediente o efectua la solicitud. (referencia catastral o certificado catastral en su caso).

Nivel de identificación del solicitante
Alto:
Certificado digital reconocido y firma electrónica
Documentos a Presentar
Documentación requerida
Acreditación de la representación en su caso
Acreditación del solicitante
Documento redactado por técnico competente
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  • Plaza de España, 1 18600 Motril (Granada)
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